Condiciones generales de alquiler

§1 Provisión de vehículos

1. El arrendador proporciona al arrendatario un vehículo apto para circular y operativo, incluidos extras y accesorios para su uso. El arrendador no necesita facilitarlo más de 12 horas después del horario acordado. El inquilino está obligado a comunicar cualquier reclamación al propietario inmediatamente después del alquiler. No se aceptarán quejas posteriores. El contrato de alquiler también incluye el protocolo de toma y devolución, que deberá ser firmado por el arrendador y el inquilino.

2. El arrendatario conduce el vehículo bajo su propia responsabilidad y organiza su propio viaje. El arrendador no debe ningún servicio de viaje y, en particular, ningún servicio de viaje en total. Las disposiciones legales relativas al contrato de viaje combinado, en particular los artículos 651a-l del BGB, no se aplican a la relación contractual ni directa ni consecuentemente.

3. El vehículo está lleno de combustible al inicio del alquiler. El inquilino es responsable de cualquier costo adicional de combustible. El vehículo deberá devolverse con el depósito lleno de combustible. Cualquier coste incurrido por el repostaje será facturado al inquilino.

4. El vehículo se entregará con una bombona de gas suficientemente llena para el periodo de alquiler. Si el inquilino aún necesita reemplazar la bombona de gas durante el período de alquiler, el propietario reembolsará el coste del llenado de gas.

5. Los vehículos de la empresa de alquiler son generalmente vehículos para no fumadores. Si se ignora la prohibición de fumar en el vehículo de alquiler, se retendrán 500 € del depósito para compensar la pérdida de valor y eliminar profesionalmente los residuos de humo. 

6. El arrendatario alquila un modelo: Nugget AD L1, Nugget AD L1, Nugget Plus HD, Westfalia Kelsey, Westfalia Kipling, Westfalia Club Joker, Westfalia Meridian.

El equipamiento del vehículo (motor, transmisión, extras), así como el contenido del equipo de camping y de cocina, pueden variar, especialmente al cambiar de vehículo, y no constituyen una característica garantizada.

§2 Conductores autorizados

1. El vehículo sólo podrá ser conducido o utilizado por el arrendatario o los conductores especificados en el contrato de alquiler. Estas personas antes mencionadas son agentes indirectos del inquilino.

2. En el momento de la entrega del vehículo, el arrendatario deberá presentar el permiso de conducir en vigor necesario para conducir el vehículo, un medio de pago válido y un documento de identidad o pasaporte. El vehículo sólo podrá ser conducido por el arrendatario o por el conductor especificado en el contrato de alquiler. El arrendatario debe comprobar de forma independiente si el conductor autorizado tiene un permiso de conducir válido.

3. El arrendatario está obligado a proporcionar por escrito al arrendador el nombre y la dirección de todos los conductores que lo soliciten. El arrendatario es responsable de las acciones del conductor como si fueran propias.

4. El vehículo no podrá subarrendarse.

5. El vehículo no podrá utilizarse con fines comerciales. El uso del vehículo como oficina en casa no representa un fin comercial.

§3 Uso del vehículo

1. El arrendatario deberá tratar el vehículo con cuidado y profesionalidad de acuerdo con las instrucciones de funcionamiento y mantenerlo en condiciones de circular durante la duración del alquiler. En particular, el arrendatario debe asegurarse de que se llena el combustible correcto y de que los niveles de aceite y agua y los neumáticos correctos se revisan periódicamente durante el período de alquiler.

2. El arrendatario deberá tratar el vehículo con cuidado y seguir las instrucciones técnicas y de funcionamiento de la empresa de alquiler. Los daños causados ​​por una manipulación inadecuada serán a cargo del inquilino.

3. El arrendatario está obligado a asegurar adecuadamente la carga.

4. El vehículo no podrá utilizarse con fines ilícitos. Se deben respetar tanto el ordenamiento jurídico alemán como el de los respectivos países.

5. El arrendatario no podrá utilizar el vehículo fuera de la vía pública ni participar en eventos de conducción todoterreno o de deportes de motor.

6. El arrendatario deberá informar por escrito al arrendador antes de iniciar el viaje a qué países se dirigirá el vehículo.

El vehículo se puede conducir a los siguientes países:

Alemania, Albania, Andorra, Bélgica, Bulgaria, Bosnia y Herzegovina, Bielorrusia, Suiza, Chipre, República Checa, Dinamarca, España, Estonia, Francia, Finlandia, Gran Bretaña, Grecia, Hungría, Croacia, Italia, Irlanda, Islandia, Luxemburgo, Lituania, Letonia, Malta, Moldavia, Macedonia del Norte, Montenegro, Noruega, Países Bajos, Austria, Portugal, Polonia, Rumania, Suecia, Serbia, República Eslovaca, Eslovenia.

El vehículo no podrá circular en los siguientes países:

Azerbaiyán, Israel, Irán, Marruecos, Rusia, Túnez, Turquía, Ucrania y todos los países fuera de la UE que no figuran entre los países permitidos.

8. El vehículo deberá utilizarse de conformidad con las normas legales, en particular las normas de circulación por carretera.

9. El inquilino corre con todos los costes relacionados con las tarifas cobradas por el uso de determinadas rutas de transporte (por ejemplo, peajes, plazas de aparcamiento o tarifas de acampada) y asume todas las obligaciones de cooperación en relación con el cobro de las tarifas.

10. Al salir del vehículo, todas las piezas deben estar bloqueadas; el bloqueo del volante debe estar activado. Al abandonar el vehículo, el arrendatario/conductor deberá tomar las llaves y los documentos del vehículo y mantenerlos fuera del alcance de personas no autorizadas.

11. Los vehículos podrán estar equipados con sistemas de localización de vehículos y sistemas de seguimiento para localizar el vehículo alquilado en caso de robo o no devolución a tiempo, o para localizar un vehículo en caso de accidente o avería.

§4 Devolución del vehículo

1. El contrato de alquiler finaliza al finalizar el período de alquiler acordado. Si el arrendatario continúa utilizando el vehículo una vez transcurrido el período de alquiler acordado, el contrato de alquiler no se considera prorrogado. No se aplica el artículo 545 del BGB. Al finalizar el período de alquiler acordado, el vehículo deberá devolverse al arrendador en el lugar acordado con el tanque lleno de combustible y en las condiciones contractuales, incluidas todas las llaves, documentación del vehículo, equipamiento y accesorios.

2. La devolución del vehículo se realizará dentro del horario comercial de la empresa de alquiler, salvo pacto en contrario. El lugar de devolución es la ubicación del arrendador.

3. Si se supera el periodo de alquiler, se cobrarán 25 € por cada hora iniciada, salvo que el inquilino no sea responsable del retraso en la devolución, de lo que corresponderá al inquilino la carga de la prueba. La tarifa máxima por devolución tardía de 24 horas es de 300€. Si el arrendador sufre daños debido a la devolución tardía del vehículo (por ejemplo, lucro cesante, reclamaciones de daños al siguiente inquilino, gastos de organización, etc.), el arrendador se reserva el derecho de hacer valer estas reclamaciones de daños y perjuicios contra el inquilino.

Además, el arrendador puede tomar posesión del vehículo en cualquier momento.

Si el vehículo de alquiler se devuelve antes de la fecha de devolución acordada, aún se deberá pagar el precio total del alquiler acordado en el contrato de alquiler.

4. El vehículo deberá entregarse barrido y limpio. La cocina, el frigorífico y el WC deben entregarse limpios, limpios y secos. El inquilino deberá vaciar el inodoro y descargar el casete varias veces con agua limpia. Es necesario vaciar el depósito de aguas residuales.

5. Los inodoros que no se vacíen tendrán un cargo de 150,00 € para el inquilino.

A continuación, el propietario realiza la limpieza final.

Los costes de limpieza adicional en caso de suciedad intensa se retendrán del depósito. El inquilino deberá pagar 40 € por la limpieza de un inodoro sin vaciar.

§5 Reserva y pago

1. Al enviar el formulario de reserva cumplimentado, el inquilino envía una oferta vinculante para celebrar el contrato de alquiler y acepta los términos y condiciones generales del propietario mediante un procedimiento de "inscripción voluntaria" en el proceso de reserva.

A título informativo, el inquilino recibe un mensaje en la página de reserva así como un correo electrónico directo automático (correo instantáneo) del arrendador sobre la recepción de la solicitud de reserva. Sólo después de recibir la confirmación de la reserva por escrito (por correo electrónico) iniciada activamente por el arrendador, la reserva de alquiler será aceptada vinculantemente por el arrendador (= celebración del contrato) y el vehículo de alquiler se considerará firmemente reservado.

El arrendador tiene derecho, según su criterio, a negarse a celebrar un contrato de alquiler. Cualquier depósito pagado será reembolsado inmediatamente por el propietario.

2. Los precios indicados incluyen el impuesto sobre las ventas legal y otros componentes del precio y no incluyen los respectivos costos de entrega y envío.

4. El pago se realiza de la siguiente manera: depósito del 50% al realizar la reserva. Pago final del 50% 10 días antes del inicio del periodo de alquiler.

3. Las opciones de pago se muestran en la tienda online.

Cuando se paga utilizando un método de pago ofrecido por PayPal, el pago se procesa a través del proveedor de servicios de pago PayPal (Europe) S.à r.l. et Cie, S.C.A., 22-24 Boulevard Royal, L-2449 Luxemburgo (en adelante: “PayPal”), sujeto a las condiciones de uso pertinentes de PayPal.

Si selecciona el método de pago “débito directo de PayPal”, PayPal cobrará el importe de la factura de su cuenta bancaria en nombre del vendedor después de que se haya emitido un mandato de débito directo SEPA, pero no antes de la fecha límite para la información anticipada. La información anticipada es cualquier notificación enviada a usted que le anuncie un débito mediante un mandato de débito directo SEPA. Si este débito directo no se realiza debido a fondos insuficientes en su cuenta o debido a datos bancarios incorrectos, o si se opone al débito aunque no esté autorizado para hacerlo, tendrá que pagar las tarifas resultantes del contracargo si usted es responsable de esto.

§6 Cancelación

Según el artículo 312g, apartado 2, frase 1, número 9 del BGB, no existe derecho de cancelación en el caso del alquiler de vehículos a motor para una fecha o período determinado, incluso en el caso de reservas realizadas exclusivamente a través de medios de comunicación a distancia o fuera del local comercial.

En caso de cancelación, se deberán pagar las siguientes partes del precio de alquiler acordado: Cancelación hasta 60 días antes del 1er día de alquiler 50%, hasta 30 días antes del 1er día de alquiler 70%, hasta 7 días antes el 1er día de alquiler 90%, menos de 7 días antes 1% el primer día de alquiler.

La cancelación deberá realizarse por escrito vía correo electrónico. El arrendador asegura que liberará la reserva inmediatamente después de la cancelación e intentará seguir alquilando el vehículo para minimizar los daños posibles.

En caso de posible devolución de los gastos de cancelación inicialmente a tanto alzado, no se tendrá en cuenta el vehículo concreto, sino toda la flota de vehículos debido a la similitud de los vehículos. Los daños ocasionados se calculan en base a los días de alquiler gratuito de toda la flota durante el periodo de alquiler correspondiente. Si esto resulta en una diferencia entre la tarifa fija de cancelación pagada y el daño real, se reembolsará al arrendatario esta diferencia.

El inquilino es libre de demostrarle al propietario que no hubo pérdida o que hubo una pérdida significativamente menor. 

La cancelación de extras, como baños portátiles, portabicicletas, etc., es gratuita hasta que se recoja el vehículo.

Si existen dudas sobre la veracidad de la información proporcionada con respecto a las personas, la finalidad del alquiler, el uso previsto o el cumplimiento de los términos y condiciones, el arrendador se reserva el derecho de no entregar el vehículo alquilado.

§7 Precio del alquiler

1. El precio del alquiler se compone del precio del alquiler diario, las tarifas fijas básicas (entrega, limpieza final, etc.) y los accesorios seleccionados (porta-potti, parrilla, tienda trasera, etc.).

3. Los precios indicados incluyen el impuesto sobre las ventas legal.

2. Si se supera el límite de kilómetros pactado en el contrato de alquiler, el arrendatario deberá abonar la cantidad pactada en euros por cada kilómetro adicional recorrido a la vuelta.

§8 Depósito

1. Se deberá abonar un depósito de 500 € a más tardar al inicio del alquiler para garantizar que el vehículo se devuelva en perfectas condiciones y limpio. El depósito se puede pagar directamente al realizar la reserva, transferirse por adelantado o, alternativamente, pagarse al momento de la recogida (efectivo, tarjeta EC, tarjeta de crédito).

2. Si el vehículo se devuelve correctamente en las condiciones pactadas, a excepción de los desperfectos reflejados en el informe de estado, se reembolsará íntegramente la fianza. Sin embargo, esto no exime al inquilino de responsabilidad por vicios o daños ocultos.

3. En caso de accidente que involucre a la otra parte, el depósito, incluido el deducible del inquilino, será retenido o exigido por el arrendador hasta que la cuestión de culpabilidad haya sido claramente resuelta judicial o extrajudicialmente.

4. El arrendador tiene derecho a retener los costes o tasas adicionales directamente del depósito.

§9 Tarifas de peaje

1. El inquilino deberá pagar todos los peajes y/o tasas de registro aplicables en el lugar, por adelantado mediante transferencia bancaria o tarjeta de crédito. El inquilino se compromete a informar sobre los peajes y las zonas medioambientales antes de entrar en el destino de vacaciones y, si es necesario, a registrarse con antelación.

2. Para viajar a Noruega, el arrendatario debe informarse previamente sobre los métodos de pago en www.autopass.no . Además, es necesario que el arrendatario se registre en www.epcplc.com/rental antes de entrar en Noruega.

Para viajar a Suecia, el arrendatario debe registrarse con antelación en www.epass24.com . La matrícula del vehículo se puede añadir al registro una vez entregado el vehículo de alquiler.

En Portugal, el registro o la compra de una tarjeta de peaje (www.portugaltolls.com) solo es necesario si el arrendatario circula por una autopista de peaje donde el cobro se realiza electrónicamente. Estas autopistas están especialmente señalizadas.

3. Para todos los demás países, el inquilino deberá informarse con suficiente antelación.

4. En caso de incumplimiento, el arrendador cobrará una tasa de tramitación de 20 € por cada solicitud de pago, además de los peajes y posibles penalizaciones.

§10 Accidentes, robos, incendios, daños causados ​​por animales salvajes (obligación de informar)

1. Los accidentes, daños causados ​​por incendio, animales salvajes y robos, así como el robo del vehículo, piezas, accesorios y equipamiento del vehículo, deberán comunicarse inmediatamente al arrendador. Esto también se aplica a los accidentes autoinfligidos sin la participación de terceros.

2. El inquilino debe notificar a la policía inmediatamente y asegurarse de que la policía registre dichos daños. Se deberán registrar los nombres y direcciones de los involucrados en el accidente y de los testigos, así como las placas oficiales de los vehículos involucrados. El inquilino deberá acreditar al arrendador cualquier negativa de la policía a registrar los daños antes mencionados.

3. No podrán reconocerse contra nadie créditos de oposición.

4. En caso de producirse los daños antes mencionados, el arrendatario está obligado a informar al arrendador dentro de los dos días naturales siguientes al siniestro mediante un parte escrito del accidente, veraz, cuidadoso y completo en todos sus puntos.

§11 Avería/reparación

1. Si en caso de avería ya no se garantiza el funcionamiento seguro del vehículo o se perjudica su uso, el arrendatario/conductor deberá tomar las precauciones de seguridad adecuadas y coordinar inmediatamente las medidas a tomar con la empresa de alquiler. Fuera del horario comercial, se deben proteger lo mejor posible los intereses del arrendador.

2. Si durante el período de alquiler fuera necesaria una reparación para garantizar el funcionamiento o la seguridad vial del vehículo, las órdenes de reparación sólo podrán emitirse con el consentimiento expreso y por escrito del arrendador si los costes de reparación previstos superan un importe de 100,00 euros.

3. La reparación deberá realizarse en un taller autorizado del respectivo fabricante del vehículo, siempre que sea posible y razonable en cada caso concreto.

4. Los gastos de reparación correrán a cargo del arrendador previa presentación de los correspondientes recibos, salvo que el arrendatario sea responsable según el apartado X de estas condiciones de alquiler.

§12 Seguro

1. El arrendador mantiene una cobertura de seguro de responsabilidad para el vehículo alquilado al menos por el importe mínimo legal del seguro. El precio del alquiler incluye un seguro de responsabilidad civil del vehículo en la medida legal, así como un seguro a todo riesgo y a todo riesgo con una franquicia de 1.000 €. No están asegurados el conductor, el vehículo, los pasajeros, el equipaje, las mercancías, los accesorios, etc.

2. Las partes contratantes son libres de acordar, mediante una remuneración, una reducción de la responsabilidad hasta una franquicia de 500 € por los daños sufridos en el vehículo que estarían cubiertos por el alcance del seguro a todo riesgo.

3. El arrendatario deberá contratar un seguro especial cuando utilice trenes de motor o medios de transporte similares, por ejemplo si así lo ofrece el transportista. Si no contrata este seguro, será responsable de todos los daños que se produzcan en el respectivo medio de transporte.

§13 Responsabilidad del arrendador

1. La responsabilidad del arrendador se limita a los casos de dolo o negligencia grave por su parte, de un representante o de un auxiliar ejecutivo de acuerdo con las disposiciones legales. Además, el arrendador sólo es responsable en caso de incumplimiento culposo de obligaciones contractuales esenciales. La reclamación de daños y perjuicios por incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales se limita al daño previsible típico del contrato. El arrendador no es responsable del incumplimiento por negligencia leve de obligaciones insignificantes derivadas de la relación contractual.

2. La limitación de responsabilidad antes mencionada no se aplica en caso de asunción de una garantía, daño a la vida, al cuerpo, a la salud o en casos de responsabilidad legal obligatoria.

3. Si un vehículo alquilado no estuviera disponible a la hora acordada por cualquier motivo, la empresa de alquiler facilitará el correspondiente vehículo de sustitución o reembolsará el importe abonado. El inquilino no tiene derecho a reclamar daños y perjuicios al propietario.

§14 Responsabilidad del inquilino

1. El arrendatario deberá devolver el vehículo de alquiler con todo el equipamiento en el estado correcto y libre de defectos en el que se hizo cargo.

2. El inquilino no será responsable de los daños o pérdidas de los que no sea responsable y, en particular, de los costes o daños causados ​​por un mantenimiento inadecuado por parte del arrendador o que estén cubiertos por una garantía del fabricante.

3. El arrendatario también es responsable de los daños sufridos en el vehículo incluidos extras, accesorios, pérdida del vehículo y del incumplimiento de sus obligaciones contractuales de acuerdo con las normas generales de responsabilidad durante la duración del contrato de alquiler. En tal caso, también deberá reembolsar los costes adicionales de los daños, en particular los de peritos, actuaciones judiciales, remolque y pérdida del alquiler, así como el importe de la reducción del valor del vehículo. La pérdida de los costos de alquiler son los montos equivalentes a un día de alquiler por cada día en que el vehículo de alquiler dañado no esté disponible para el arrendador. El inquilino sigue siendo libre de demostrar que el propietario no sufrió ningún daño o fue menor.

4. Para los riesgos cubiertos por el seguro en el marco de la reducción de responsabilidad (párrafo 2 del artículo VIII), la responsabilidad del inquilino se limita al deducible acordado para cada caso de daño.

3. Si se contrata un seguro a todo riesgo parcial adecuado, el arrendatario responderá con una franquicia, especialmente en caso de daños a cristales y animales de pelo, incendio, robo y peligros naturales.

4. No se aplicará una reducción de responsabilidad o exención de responsabilidad acordada para el arrendatario si la pérdida o daño del vehículo fue causado intencionalmente por el arrendatario o sus auxiliares ejecutivos. Si el daño o la pérdida fueron causados ​​por negligencia grave por parte del inquilino o de sus auxiliares ejecutivos, el arrendador tiene derecho a reclamar contra el inquilino en una medida correspondiente a la gravedad de la culpa, hasta el importe del daño total.

Una reducción de responsabilidad acordada o una exención de responsabilidad para el inquilino todavía no se aplica si una obligación contractual fue violada intencionalmente por el inquilino o sus auxiliares ejecutivos. Si el inquilino o sus auxiliares ejecutivos han causado una obligación contractual por negligencia grave, el arrendador tiene derecho a reclamar al inquilino en una medida correspondiente a la gravedad de la culpa, hasta el importe del daño total. El inquilino tiene la carga de la prueba de que no ha habido negligencia grave.

5. El inquilino o sus auxiliares ejecutivos tienen responsabilidad ilimitada por las infracciones de las normas legales, en particular las infracciones de tráfico y reglamentarias. Esto también se aplica a las violaciones por parte del inquilino de las disposiciones legales u otras normas que se cometan durante o al final del período de alquiler.

El arrendador queda exento de todos los costes, multas, amonestaciones, tasas, etc. al respecto. El arrendador tiene derecho a exigir una cantidad fija razonable como compensación por los costes administrativos derivados de la tramitación de las consultas ante las autoridades, a menos que el inquilino pueda demostrar que no se ha producido ningún daño o que es considerablemente inferior a los gastos de tramitación.

6. Se considerarán daños de funcionamiento (p. ej. desconexión del remolque del vehículo tractor), errores de funcionamiento (p. ej. errores graves de conmutación, alimentación incorrecta de combustible, funcionamiento incorrecto del techo elevable) y daños por rotura (p. ej., deslizamiento de la carga, vuelco del toldo). no daños por accidente. El inquilino siempre tiene responsabilidad ilimitada por dichos daños.

7. Si un tercero indemniza al arrendador por el daño, el arrendatario queda liberado de su obligación de pagar la indemnización.

8. El arrendatario libera al arrendador de toda responsabilidad por daños o pérdida de artículos transportados, almacenados o dejados en el vehículo de alquiler por el arrendatario o cualquier otra persona antes, durante o después de la terminación del contrato de alquiler. Esto no se aplica si el arrendador o sus auxiliares actuaron intencionalmente o con negligencia grave.

9. El inquilino es responsable de los daños que sufra el toldo si éste ha sido utilizado con fuertes vientos o sin supervisión.

10. El inquilino es responsable de los daños causados ​​por un uso inadecuado del techo elevable, en particular por una inspección insuficiente de los fuelles y de la mecánica durante el proceso de cierre.

11. Cualquier daño a los neumáticos que se produzca durante el periodo de alquiler correrá a cargo del arrendatario. Esto también se aplica si el daño no se descubre hasta el momento de la devolución (por ejemplo, un clavo en el neumático).

12. El arrendatario es responsable del repostaje incorrecto del depósito de gasóleo o del depósito de agua. Todos los costos de reparación asociados correrán a cargo del inquilino.

13. El inquilino tiene responsabilidad ilimitada por todas las infracciones de las normas reglamentarias y de tráfico. Libera al arrendador de posibles multas, multas administrativas y otros costes.

§15 Terminación

1. Si el inquilino incumple significativamente el pago de una cuota de alquiler o si resulta irrazonable para el propietario continuar con el contrato de alquiler, en particular porque el inquilino ha incumplido culpablemente una obligación contractual esencial, entonces el propietario tiene derecho a rescindir el contrato sin previo aviso. Si el arrendador hace uso de este derecho, el inquilino sigue obligado a pagar el precio de alquiler acordado al arrendador hasta el final del período de alquiler estipulado contractualmente, a menos que el arrendador pueda subarrendar la propiedad a terceros. El inquilino es libre de demostrar que el propietario no sufrió ningún daño o fue menor.

2. En caso de daño intencionado al vehículo, el arrendador tiene derecho a rescindir el contrato de alquiler sin previo aviso.

3. El inquilino tiene derecho a rescindir el contrato sin previo aviso si el vehículo de alquiler no está operativo y en condiciones de circular al inicio del contrato de alquiler y el propietario no proporciona inmediatamente un vehículo de sustitución.

§16 Disposiciones Finales

1. El inquilino sólo tendrá derecho a compensación si sus derechos son indiscutibles, están listos para decisión o están legalmente establecidos. Esto no se aplica a reclamaciones por daños debidos a un defecto en la propiedad alquilada (artículo 536 a BGB) ni a reclamaciones de reembolso por pago excesivo del alquiler.

2. Si el contrato de alquiler se celebra con varios inquilinos, éstos responden solidariamente.

3. No se han realizado acuerdos adicionales. Las modificaciones y complementos del contrato deberán realizarse por escrito.

Esto también se aplica a un acuerdo para cancelar la forma escrita.

4. La Comisión Europea ha creado una plataforma para la resolución extrajudicial en línea de litigios en materia de consumo en http://ec.europa.eu/consumer/odr/. El arrendador no participa en el proceso alternativo de resolución de disputas.

5. El lugar de cumplimiento de todas las reclamaciones derivadas de este contrato es el domicilio social del arrendador. Este es también el lugar de jurisdicción acordado si el inquilino es un comerciante registrado o una persona jurídica de derecho público o un fondo especial de derecho público; el inquilino haya trasladado su residencia o residencia habitual al extranjero después de la celebración del contrato o no se conozca la residencia o residencia habitual del inquilino en el momento de interponer la demanda. Se aplica la legislación alemana, excepto la Convención de las Naciones Unidas sobre los contratos de compraventa internacional de mercancías (CISG).

Estado: febrero de 2026